GlosarioGlosario Logístico & COMEX
Presentamos un compendio de terminologías utilizadas a diario en la industria logística y el comercio exterior. Esperamos le resulte de utilidad.Escoja el carácter de su interés para navegar y obtener una descripción del término que busca.
Ingreso al territorio nacional o al resto del país de ciertas mercancías provenientes del extranjero o de zonas de tratamiento aduanero especial, sin que estas pierdan su calidad de extranjeras, con un fin determinado y para ser posteriormente reexportadas, importadas, o entregadas a la Aduana.
Servicio público encargado de vigilar y fiscalizar el paso de mercancías por las costas, fronteras y aeropuertos de la República, de intervenir en el tráfico internacional para los efectos de la recaudación de los impuestos a la importación, exportación y otros que determinen las leyes, y de generar las estadísticas de ese tráfico por las fronteras, sin perjuicio de las demás funciones que le encomienden las leyes.
Profesional auxiliar de la función pública aduanera, cuya licencia lo habilita ante la Aduana para prestar servicios a terceros como gestor en el despacho de mercancías.
Depósito aduanero autorizado mediante habilitación directa para ser administrado por particulares, en el que puede almacenarse cualquier mercancía hasta el momento de su retiro, ya sea para efectos de importación, exportación u otra destinación aduanera.
Locales o recintos particulares habilitados por el Servicio por un período determinado, para el depósito de mercancías, sin previo pago de los derechos e impuestos que causen en su importación.
Instalación utilizada para el posicionamiento de vehículos de transporte que han de ser inspeccionados por funcionarios públicos facultados por sus correspondientes servicios para fiscalizar la carga de todo vehículo, embalaje o equipaje que transporte o contenga bienes afectos a fiscalización.
Acción de depositar y acomodar distintas consignaciones de carga, en altura, en los lugares de almacenamiento destinados para tal efecto.
El embarque de mercancías nacionales o nacionalizadas, de rancho, destinadas a las naves o aeronaves, nacionales o extranjeras, que no efectúen transporte internacional.
Norma legal, contenida en el D.F.L. N° 2 de 1989, del Ministerio de Hacienda, que ordena sistemáticamente conforme al Sistema Internacional Armonizado de Denominación y Codificación, las mercancías con los respectivos tributos que les son aplicables en las destinaciones de importación o de exportación.
Proceso de someter los asuntos en disputa o de naturaleza contenciosa, al juicio de una determinada persona o personas sin recurrir a los Tribunales de Justicia. Es normal que todos los conocimientos de embarque y contratos de transporte incluyan una cláusula de arbitraje para el arreglo de controversias.
Subsector en el sector de parqueadero de camiones, que puede tener un estándar de construcción diferente al Área Normal y que se autoriza su utilización cuando el parqueadero llega al límite de su capacidad.
Lugar dentro del Almacén Extraportuario que forma parte integral del sector de andenes, en el que se disponen los vehículos de transporte para proceder a la colocación de los sellos de seguridad y encarpe que protege la carga.
Area requerida para ejecutar las obras y prestar los servicios que deberán estar ubicados en bienes nacionales de uso público o fiscales.
Subsector del sector de parqueadero de camiones, donde debe estacionar todo camión que ingrese al Almacén Extraportuario mientras cuente con capacidad para ello.
Actividad cuyo resultado es una declaración que proporciona confianza en que un producto, proceso o servicio es conforme con unos requisitos especificados.
Persona natural o jurídica que, por medio de la firma que se consigna en un documento de crédito, responde por el pago en el caso que no lo haga la persona comprometida para ello.
Cualquier sacrificio o gasto extraordinario que se ha efectuado razonable e intencionalmente con el propósito de proteger de peligro la propiedad comprometida en una contingencia náutica o común.
Medidas no arancelarias que tienen un impacto proteccionista. Por ejemplo cuotas, contingentes arancelarios, regímenes que requieren licencias, bandas de precios, precios de referencia, licencias de importación, permisos y certificados sanitarios y fitosanitarios, regulaciones sobre etiquetado de productos, regulaciones sobre estándares técnicos de productos, entre otros.
Corresponde a una unidad contenedorizada de veinte o cuarenta pies.
Abreviación del término Carta Rodoviaria de Transporte (equivalente al Conocimiento de Embarque, utilizado en el transporte marítimo); este documento es una carta de porte, emitido por el Transportador cuando se hace cargo de las mercaderías, en el cual se consigna las estipulaciones del contrato, que contiene datos tales como la identificación de las mercaderías y su estado, el nombre del consignatario, indicaciones del pago del flete, el plazo de entrega de las mercancías, los límites de responsabilidad pactados y las firmas correspondientes, entre otros.
Transporte por mar de mercancías nacionales o nacionalizadas o la simple navegación entre dos puntos de la costa del país, aunque sea por fuera de sus aguas territoriales, pero sin tocar puerto extranjero.
Vehículo de carga terrestre de mercancías, descubiertos tipo artesa, con sistema especial que facilita el encarpado.
Vehículo de carga terrestre de mercancías con sistema autopropulsante hidráulico para evacuar su carga.
Vehículos de carga que transportan mercancías extranjeras de paso a través del país, cuando éste forma parte de un trayecto total comenzado en el extranjero y que debe ser terminado fuera de sus fronteras.
Vehículos de transporte sin carga.
Obligación de efectuar todas las importaciones o las de determinados productos por intermedio de un organismo estatal o una empresa bajo control estatal.
Término náutico usado cuando una nave recibe su carga suelta o a granel.
Vehículos motorizados y en general la carga que es transferida por sus propios medios.
Corresponde a la carga ingresada al interior de los recintos del Almacén Extraportuario en contenedores y almacenada en los mismos módulos.
Toda carga pesada o sobredimensionada. Es decir, pieza de treinta o más toneladas de peso o de dimensiones que sobrepasan las medidas de un contenedor ISO de 20 o 40 pies.
Son las mercancías extranjeras de paso a través del país, cuando éste forma parte de un trayecto total comenzado en el extranjero y que debe ser terminado fuera de sus fronteras.
Cualquier tipo de carga no líquida o sólida a granel, cuya naturaleza, forma, envase o condición de estandarización, determina su modo de manipulación, almacenamiento y transporte.
Es toda la carga general, con excepción de la carga en contenedores.
Aquella mercancía calificada de tal por la Organización Internacional Marítima (I.M.O.), descrita en el Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas.
Aquella carga que excede los márgenes normales de los contenedores o embalajes utilizados para este tipo de carga, dificultando su manipulación y su apilamiento en las áreas de depósito, y que requiere para su movilización equipo, accesorios o materiales de utilería especiales y una supervisión y normas de seguridad adicionales en su operación.
Significa tomar la carga desde su lugar de almacenamiento o depósito comercial, trasladarla y colocarla sobre un medio de transporte terrestre, incluyendo todos los recursos y actividades necesarias para la prestación de dicho servicio.
Documento que las partes en un contrato de transporte otorgan, para acreditar la existencia y condiciones del contrato, y la entrega de las mercaderías al porteador.
Acrónimo de la voz inglesa Container Freight Station, lugar establecido por el Almacén Extraportuario para consolidar o desconsolidar carga a los contenedores.
Conjunto de normas aplicables a los funcionarios aduaneros respecto a conducta, conflicto de intereses y posibles sanciones y acciones disciplinarias aplicables.
Comisión Nacional de Medio Ambiente
Persona natural o jurídica habilitada por ley o por el Servicio para operar recintos de depósito.
Persona a cargo de un vehículo, y por ficción, los agentes o representantes legales de la empresa de transporte.
Documento que prueba la existencia de un contrato de transporte marítimo, y acredita que el transportador ha tomado a su cargo o ha cargado las mercancías y se ha obligado a entregarlas contra la presentación de ese documento a una persona determinada, a su orden o al portador.
Conjunto de actividades que se realizan para llenar un contenedor, acomodar y afianzar la carga en su interior y sellarlo, incluyendo todos los recursos y actividades necesarias para la prestación de dichos servicios.
Expresión aplicada para indicar el lugar designado por el transportista donde el agente entrega los contenedores vacíos al embarcador.
Expresión inglesa que hace referencia al lugar establecido por el transportista para consolidar o desconsolidar carga a los contenedores.
Expresión inglesa que hace referencia al área designada por el transportista para efectuar la recepción, entrega, almacenaje y reparaciones menores de contenedores vacíos.
Según lo establecido en el artículo Nº2, letra c) de la Ley Nº19.300, se entenderá por contaminación la presencia en el ambiente de sustancias, elementos, energía o combinaciones de ellos, en concentraciones y permanencias superiores o inferiores, según corresponda, a las establecidas en la legislación vigente.
Según lo establecido en el artículo Nº2, letra d) de la Ley Nº19.300, se entenderá por contaminante todo elemento, compuesto, sustancia, derivado químico o biológico, energía radiación, vibración, ruido o una combinación de ellos, cuya presencia en el ambiente, en ciertos niveles, concentraciones o períodos de tiempo, pueda constituir un riesgo a la salud de las personas, a la calidad de vida de la población, a la preservación de la naturaleza o a la conservación del patrimonio ambiental.
Comisión Regional del Medio Ambiente.
Abreviación de Documento Recepción del Almacén Extraportuario, documento oficial del Almacén Extraportuario, utilizado como comprobante de recepción de la carga que hace uso del Servicio de Almacenamiento en el Almacén Extraportuario.
Acrónimo del inglés Delivered Duty Paid, que quiere decir Entregado con pago de derechos de aduana. Implica que el vendedor entrega las mercaderías al comprador, desaduanada y sin descargarla de ningún medio de transporte que la lleve al lugar de destino convenido. El vendedor asume todos los costos y riesgos, cuando corresponda, y cualquier derecho de importación en el país de destino.
Acrónimo del inglés Delivered Duty Unpaid, que quiere decir Entregado sin pago de derechos de aduana. Implica que el vendedor entrega la mercadería al comprador, sin desaduanarla para su importación y sin descargarla de ningún medio de transporte que la lleve al lugar de destino convenido. El vendedor asume los riesgos y costos de llevar la mercadería al lugar determinado, pero no asume, cuando corresponda, ningún derecho de importación en el país de destino. Este debe ser asumido por el comprador, como también cualquier costo y riesgo provocado al no poder desaduanar las mercaderías a tiempo.
Documento mediante el cual se formaliza una destinación aduanera y que debe indicar la clase o modalidad de la destinación de que se trate.
Es el documento oficial, autorizado por el Servicio Nacional de Aduanas, que ampara una operación aduanera de importación, exportación u otra destinación.
Permanencia y custodia de carga no sujeta a potestad aduanera, incluyendo todos los recursos y actividades necesarios para la prestación de tales servicios.
Tributo que grava la importación de mercancías en una cantidad fija de dinero, que se determina en base a una unidad de medida, ya sea kilogramo, tonelada, litro, docena, metro, etc.
Cumplimiento de las formalidades aduaneras necesarias para exportar, importar o para realizar cualquier destinación aduanera.
Operación por la cual la mercadería arribada es retirada del medio de transporte, efectuada bajo control aduanero, en los lugares y los horarios oportunamente habilitados por la Autoridad Aduanera.
Tomar la carga desde un medio de transporte terrestre, para trasladarla y colocarla en su lugar de Almacenamiento o Acopio o Depósito Comercial, incluyendo todos los recursos y actividades necesarios para la prestación del servicio.
Conjunto de actividades consistente en la apertura del sello y puertas de un contenedor, la destrinca interior de la carga y el vaciado de su contenido, incluyendo todos los recursos y actividades necesarios para la prestación de dichos servicios.
Acción de descargar de los medios de transporte en que llegaron al recinto aduanero, las mercaderías procedentes del exterior o de otras Aduanas de país.
Retirar carpas u otros elementos de protección y fijación, tales como sellos y amarras, que cubren la carga del vehículo de transporte.
Desarrumaje de la carga desde la plataforma de un vehículo de transporte, incluyendo todos los recursos y actividades necesarios para la prestación de tal servicio.
Agentes de Aduana y consignantes o consignatarios con licencia para despachar.
Cumplimiento de formalidades aduaneras necesarias para destinar las mercancías a un régimen aduanero.
Gestiones, trámites y demás operaciones que se efectúen ante el Servicio en relación con las destinaciones aduaneras.
Manifestación de voluntad del dueño, consignante o consignatario que indica el régimen aduanero que debe darse a las mercancías que ingresan o salen del territorio nacional.
Liberación de la carga y de los elementos que en la nave la aseguran a la misma. Incluye todos los recursos y actividades necesarios para la prestación del servicio.
Su aplicación corresponde a días corridos.
Es la moneda de curso legal vigente en los Estados Unidos de América.
Término usado para referirse a un contenedor normal, no refrigerado.
Medidas adoptadas por los exportadores para evadir medidas antidumping o derechos compensatorios.
Cualquier medio material que sirve para acondicionar, presentar, manipular, almacenar, conservar y transportar una mercancía, facilitando el manejo en las operaciones de transporte y almacenamiento e identificando su contenido.
Cuando no se embarca el total de la mercancía se dice que es «short shipment»
Es la sociedad, constituida por el adjudicatario, con la que se ha celebrado el contrato de explotación del Almacén Extraportuario y que tiene a cargo la operación del Almacén Extraportuario.
Se dice de los productos que están siendo transportados pero aún no llegan a destino.
Parte del territorio del país, en cuyo ámbito geográfico las disposiciones aduaneras no son aplicables. O también, la parte del territorio del país, en cuyo ámbito geográfico se permite, la aplicación de las disposiciones aduaneras de otro país
Arrumaje de carga sobre la plataforma de los vehículos de transporte, incluyendo todos los recursos y actividades necesarios para la prestación de dicho servicio.
Afianzar la carga con elemento de utilería denominado estrobo, con el fin de movilizarla o transferirla.
Cualquier hecho o circunstancia distinta de la falta de financiamiento, imprevisto e imposible de resistir mediante el ejercicio de un cuidado razonable por la Parte obligada a dar cumplimiento a una determinada obligación (“Parte Afectada”). Un evento de Fuerza Mayor puede incluir, sin limitación, huelgas generales, boicots, paros laborales, lock out generales, otras dificultades laborales o de empleo que afecten a la Parte Afectada y que no se deban al incumplimiento de contratos laborales por la Parte Afectada, naufragios, accidentes navieros, incendios, terremotos, deslizamientos, avalanchas, inundaciones, huracanes, tornados, tormentas u otros fenómenos de la naturaleza o calamidades, explosiones, epidemias, guerras (declaradas o no declaradas), hostilidades, actividades de guerrillas, actos terroristas, desórdenes, vandalismos, insurrecciones, disturbios civiles, actos de sabotaje, obstrucciones, embargos no judiciales, cortes de energía, actos maliciosos de terceros y actos de autoridad que no se deban a la culpa de la Parte que invoca el Evento de Fuerza Mayor y que asimismo sea imprevisto e imposible de resistir.
Alusión que hace referencia a que el comprador paga todos los costos de seguro, flete, etc.
Cláusula empleada en el comercio internacional, cuando la venta se efectúa en la industria donde se ha fabricado el producto.
Reconocimiento material de las mercancías efectuado por el Servicio.
Se entiende por explotación de la obra los siguientes conceptos: operación de las obras e instalaciones; conservación o mantenimiento de las obras o instalaciones; seguimiento y ejecución de las medidas ambientales asociadas a la obra; prestación de los servicios que se convengan en la Resolución de Habilitación del Almacén Extraportuario; cobro a los usuarios por la prestación de los servicios que corresponda.
Salida legal de mercancías nacionales o nacionalizadas para su uso o consumo en el exterior.
Corresponde al valor total de las mercaderías que se restan del acervo material de un país debido al movimiento de salida de los bienes al exterior a todo destino, que es registrado por las aduanas. La valoración FOB (free on board) incluye el transporte de los bienes a la frontera aduanera, los gravámenes a las exportaciones y los gastos de carga de las mercaderías al medio de transporte utilizado.
Acrónimo de la voz inglesa Full Container Load, que hace referencia a la condición de un contenedor cargado con mercancías de un solo Consignatario y manipuladas sólo por él, cuya entrega desde el Transportador al Consignatario o su representante, debe efectuarse sin que el módulo sea abierto y vaciado previamente en los recintos portuarios.
Se refiere a toda aquella declaración que no sea correcta, completa y exacta.
Unidad equivalente a un contenedor de cuarenta (40) pies de longitud.
Casa comercial o establecimiento mercantil, industrial o civil, que responde ante la Casa o Establecimiento Matriz.
Procedimiento que tiene como fin verificar el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias aplicables a las destinaciones aduaneras.
Agente u operador de carga, signado por Aduanas como Agente Transitario, a quien cabe la participación en las tareas de desconsolidación de contenedores con B/Ls o conocimientos de embarque de distintos consignatarios.
También conocido como caso fortuito, corresponde a lo establecido en el artículo 45 del Código Civil (ver Evento de Fuerza mayor)
Aquello que a satisfacción de la Aduana, asegura el cumplimiento de una obligación respecto de la misma. La garantía se denomina global cuando asegura la ejecución de las obligaciones resultantes de varias operaciones.
Envío legal de mercancías nacionales o nacionalizadas, para su uso o consumo en el exterior.
Texto de una fracción clasificatoria (partida, subpartida o ítem) de la Nomenclatura.
Son los derechos aduaneros y cualquier otro recargo de efectos equivalentes, sean de carácter fiscal, monetario, cambiario, que inciden sobre las importaciones. No están comprendidos en este concepto, las tasas y recargos análogos cuando corresponden al costo aproximado de los servicios prestados.
Denominación genérica para todos aquellos documentos que deben ser presentados ante las diferentes reparticiones fiscales o aduaneras, normalmente a modo de formulario, donde se realizan las respectivas declaraciones ante la Administración Fiscal correspondiente.
Documento que acredita en el transporte aéreo de mercancías, la celebración de un contrato, las condiciones de transporte, la recepción de la mercancía por el transportador, su peso, volumen, embalaje, así como el número de bultos.
Documento que acredita la consignación de la mercancía que llega o sale por este tipo de despacho, permitiendo a las empresas courier y a los Agentes de Aduana en su caso, la confección y presentación de los documentos de destinación aduanera.
Lista de los efectos postales entregados o recibidos por empresa de Correos.
Autorización que otorga el Director Nacional de Aduanas para entregar la explotación de un Almacén Extraportuario a la persona natural o jurídica que cumpla con los requisitos exigidos en la ley y en el presente reglamento.
Introducción legal de mercancía extranjera para su uso o consumo en el país.
Son los que indican que el producto al que se refieren, ha sido cosechado, extraído, elaborado, nacido, criado, ensamblado, en el territorio del país.
Toda violación o intención de violación de la legislación aduanera.
Evaluación de la conformidad mediante la observación y juicio acompañado, según sea apropiado, de medidas, ensayos o utilización de calibres.
Concepto que involucra los procesos de generación, manipulación e intercambio de datos e información basados en el uso de formatos estándares, bajo un marco normativo común y por medos electrónicos, que facilitan la circulación ágil y eficiente de conocimientos y servicios, dentro de un determinado espacio de integración.
También conocido por sus siglas en inglés EDI (Electronic Data Interchange), consiste en un intercambio electrónico de datos entre aplicaciones informáticas en un formato normalizado.
Abreviatura de Índice de Precios al Consumidor, corresponde al valor numérico que refleja las variaciones que experimentan los precios en un período determinado y que en Chile lo establece el Instituto Nacional de Estadísticas o el organismo que lo reemplace o suceda legalmente.
Subdivisiones de las subpartidas de la Nomenclatura base de los Aranceles nacionales, que se efectúa a nivel nacional para una mayor especificación de las mercancías.
Abreviatura de la voz inglesa Less than Container Load, que hace referencia a la condición de un contenedor cargado con mercancías de uno o varios Consignatarios, manipuladas por el Porteador, en que la entrega de la carga desde el Transportador o Porteador al Consignatario o su representante debe efectuarse previo vaciado del módulo en los recintos portuarios.
Acto por el cual el Director Regional, el Administrador o los funcionarios en quienes éstos deleguen esta facultad, constatan que el respectivo documento ha cumplido todos los trámites legales y reglamentarios, otorgándole su aprobación y verificando además, la conformidad de la garantía rendida, en aquellas declaraciones en que sea exigible.
Disposiciones legales y reglamentarias relativas a la importación, exportación, movimiento o almacenaje de mercancías, cuya administración y aplicación se encuentren específicamente a cargo del servicio de Aduanas, y todo otro reglamento elaborado por esta conforme a los poderes que le confiere la ley.
Acto que por el cual la aduana autoriza a los interesados a disponer de una mercadería que ha sido objeto de un despacho.
Procedimiento aduanero en virtud del cual se autoriza la exportación o importación de la carga.
Documento que debe presentar el conductor o representante de todo vehículo, que ingrese o salga del país, a la Aduana correspondiente al lugar de su ingreso o salida, que contiene una nómina de sus pasajeros y tripulantes.
Documento oficial, autorizado y numerado por el Servicio Nacional de Aduanas que recopila la información de toda la carga que transporta un vehículo de transporte.
Documento que debe contener la individualización de cada una de las Guías Courier que transporta un vehículo o un mensajero internacional, sea por vía aérea o terrestre, mediante el cual las mercancías se presentan y entregan a la Aduana a fin de acceder al sistema de despacho courier.
Aquel que contiene la declaración genérica de las mercaderías, que en cumplimiento del permiso concedido, hayan sido efectivamente cargadas sobre el medio de transporte en que deberán salir del recinto aduanero.
Gravámenes aplicados a la importación de mercancías, que tienen por objetivos modificar los precios relativos para proteger las actividades nacionales, influir en la asignación de recursos, en la distribución del ingreso e incrementar la recaudación impositiva.
Toda medida impuesta sobre los flujos de comercio que no sea una medida arancelaria. Algunas de estas medidas pueden constituirse en barreras no arancelarias.
Aquella que proviene del exterior y cuya importación no se ha consumado legalmente, aunque sea de producción o manufactura nacional; o que habiéndose importado bajo condición, ésta deje de cumplirse.
Aquella producida o manufacturada en el país, con materias primas nacionales o nacionalizadas.
Mercancía extranjera cuya importación se ha consumado legalmente, esto es cuando terminada la tramitación fiscal, queda a la libre disposición de los interesados.
Ministerio de Salud de Chile
Ministerio de Vivienda y Urbanismo
Los tributos se liquidarán sobre el valor en Aduana de las mercaderías que se importen, salvo la aplicación de precios oficiales establecidos o a establecerse en la forma que determine el Poder Ejecutivo.
Voz coloquial del inglés Empty Container, utilizada para referirse a un contenedor vacío.
Acto de fechar y numerar el documento en que se indica la operación o régimen aduanero, como también a los efectos de la aplicación de los tributos y los tratamientos arancelarios, a que debe someterse la mercadería.
Hace referencia a todas las operaciones que deben ser llevadas a cabo por las personas interesadas y por la Aduana a efectos de cumplir con la legislación aduanera.
Documento Comercial que tiene por objeto detallar el contenido de las mercancías que contiene cada bulto. Se debe usar, de preferencia, cuando se trate de bultos con mercancía surtida.
Aquel país conocido en el momento del despacho como el último en que los bienes serán entregados
Aquel país en que se cultivaron los productos agrícolas, se extrajeron los minerales o se fabricaron los artículos manufacturados total o parcialmente, en este último caso el país de origen es el que ha completado la última fase del proceso de fabricación para que el producto adopte su forma final.
Aquel desde el cual se despacharon inicialmente las mercaderías al país importador, sin que hubiera ninguna transacción comercial en los países intermedios.
Sistema de embalaje de mercancías que consiste en acomodar pallets en grandes bultos, con el objeto de lograr una mayor seguridad en los artículos embalados y gran rapidez en la manipulación de la carga.
Parte de la zona secundaria en la que se establecen prohibiciones y restricciones especiales para las existencias y tráfico de mercancías.
Cantidad de mercancías en kilogramos netos. Es el peso de las mercancías incluyendo todos sus embalajes, con exclusión del equipo utilizado para el transporte.
Plaga de importancia económica potencial para el área protegida, a pesar de no estar presente aún, o si se presenta no está ampliamente diseminada y está bajo control oficial.
Será de 90 días. Se exceptúan de lo anterior, las mercancías que se depositen en tránsito, destinadas a, o provenientes de, países con los cuales existen convenios especiales, las que gozarán de los plazos estipulados en dichos acuerdos. El Director Nacional de Aduanas, en casos calificados, podrá prorrogar el plazo general de depósito, previa solicitud del interesado.
Persona natural o jurídica que, por sí o por medio de otra que actúe en su nombre, celebra un contrato de transporte internacional de mercancías por carretera.
Cualquier traslado horizontal de la carga realizado al interior de los recintos portuarios, desde un vehículo de transporte, hasta un lugar de almacenaje o viceversa.
Conjunto de atribuciones que tiene el Servicio para controlar el ingreso y salida de mercancías hacia y desde el territorio nacional y para hacer cumplir las disposiciones legales y reglamentarias que regulan las actuaciones aduaneras. Quedan también sujetas a la potestad aduanera las personas que pasen por las fronteras, puertos y aeropuertos, y la importación y exportación de servicios respecto de los cuales la ley disponga la intervención de la Aduana.
Hilo, bramante, banda o artículos similares, destinados a ser utilizados en combinación con un sello.
Promedio de precios de una mercadería, durante cierto período, en un mercado de referencia.
La que es otorgada por un gobierno a las industrias nacionales, mediante el cobro de un arancel a los productos importados.
Documento emitido por el Servicio Nacional de Aduanas, utilizado para autorizar el cambio de condición o status de un contenedor (FCL/LCL), permitiendo proceder a realizar tareas de desconsolidación.
Criterio usado para la calificación del origen de una mercancía. Exigencia establecida para medir los aportes nacionales o importados que contiene una mercancía a fin de determinar si la misma, a pesar de contener insumos importados, cumple con los requisitos establecidos para ser considerada como originaria.
Lugar de la costa marítima, lacustre o fluvial, exterior o interior, habilitado para operaciones aduaneras.
Combustibles, lubricantes, aparejos y demás mercancías, incluyendo las provisiones destinadas al consumo de pasajeros y tripulantes que requieren las naves, aeronaves y vehículos destinados al transporte internacional y en estado de viajar para su propio mantenimiento, conservación y perfeccionamiento.
Operación por medio de la cual el despachador con mandato para despachar o el interesado, revisa o inspecciona las mercancías en los recintos de depósito aduanero antes de someterlas a una destinación aduanera. Como consecuencia de este reconocimiento, se pueden realizar las operaciones materiales de reembalaje y división, como asimismo la extracción de muestras.
Inspección física de las mercancías por parte de la Aduana, a fin de cerciorarse de que la naturaleza, el origen, la condición, la cantidad y el valor de las mercancías se encuentran conformes a los detalles suministrados en la declaración de mercancías.
Acto por el cual una persona ejercita su derecho de reclamación o de petición ante la autoridad competente
Envío de mercancías extranjeras desde una Aduana a otra del país, para los fines de su importación inmediata o para la continuación de su almacenamiento.
Remitir al exterior del territorio aduanero nacional o a otras Aduanas del país, las mercaderías extranjeras almacenadas en los depósitos fiscales o particulares habilitados al efecto.
Envío de mercancías extranjeras desde una zona franca a otra, al extranjero, a depósitos francos o a una zona primaria.
Retorno al exterior de mercancías traídas al país y no nacionalizadas.
Tratamiento aplicable a las mercaderías sometidas al control de la aduana, de acuerdo con las leyes y reglamentos aduaneros, según la naturaleza y objetivos de la operación.
Documento en el que se establecen las características de un producto o los procesos y métodos de producción con ellas relacionados, con inclusión de las disposiciones administrativas aplicables, y cuya observancia es obligatoria. También puede incluir prescripciones en materia de terminología, símbolos, embalaje, marcado o etiquetado aplicables a un producto, proceso o método de producción, o tratar exclusivamente de ellas.
También conocido como Retorno, hace alusión a la importación de un territorio aduanero de mercaderías que han sido exportadas anteriormente desde el mismo territorio.
Acto por el cual la Aduana permite a los interesados disponer de las mercancías que son objeto de un desaduanamiento.
Funcionario público facultado por el correspondiente servicio para registrar e inspeccionar todo vehículo, embalaje o equipaje que transporte o contenga bienes afectos a fiscalización
Salida del territorio aduanero nacional, sin pago de tributos, de mercaderías nacionales o nacionalizadas, con un fin determinado ajeno al consumo, para ser retornadas dentro de cierto plazo, sea en el estado que fueron extraídas, o después de haber sufrido una transformación, elaboración o reparación determinadas.
Medidas de urgencia que adopta un país, sobre la importación de productos determinados, que está causando o amenazando causar un daño grave a los productores nacionales de productos similares o directamente competidores.
Sector dentro del área habilitada destinado al estacionamiento de los camiones que ingresen al recinto. Se compone de dos subsectores denominados: Área Normal y Área de Reserva.
Instrumento complementario de los mecanismos financieros, cuya finalidad es proteger al exportador contra los riesgos que entraña la falta de pago del comprador extranjero. Abarca los riesgos comerciales, políticos y extraordinarios.
Pieza de metal o de otro material adecuado que sirve para unir los dos extremos de un precinto, que ofrecen seguridad de que cualquier violación pueda ser detectada.
Aquellos que no estando vinculados directa ni indirectamente con la función de almacenaje, puede ofrecer el almacenista u otra entidad autorizada por él, siempre que contribuyan a un mejor desempeño de la función principal, tales como reparación de contenedores, vulcanización (gomería), cafetería. Estos servicios adicionales deberán ser expresamente autorizados por el Servicio Nacional de Aduanas.
Tareas de manipulación de bultos y mercaderías que cumplen en el curso de las operaciones los capataces, toneleros, mozos de cordel y peones de faena.
Todos aquellos que comprenden el objeto específico de la habilitación y que sean imprescindibles y por los cuales la empresa está autorizada a cobrar tarifas a los usuarios. Como servicio básico se destaca el almacenamiento cubierto, descubierto de cargas secas, refrigeradas, peligrosas, de proyecto y las inspecciones tales como aforo y reconocimiento.
Aquellos que se consideran parte de la operación y administración de la concesión y su costo está incluido dentro del cobro por acceso al recinto. Ejemplo, la vigilancia, el alumbrado, etc.
Aquellos que se vinculan directa o indirectamente con la función de almacenaje de mercancías, tales como consolidación y desconsolidación de la carga, almacenamiento de contenedores nacionales o nacionalizados vacíos para consolidación de mercancías o reposición de los mismos, pesaje de bultos, presentación de las mercancías para aforo físico y reconocimiento, y reembalaje, ello en la medida que sean compatibles con la naturaleza del recinto de depósito.
Abreviatura de Sistema Operativo Maestro que hace referencia a los datos del camión y del remolque, fecha y hora de ingreso al recinto, nº de sello, tara y peso neto de la báscula.
Servicio de Salud de Magallanes.
Lugar de depósito de contenedores, generalmente con celdas asignadas para su ubicación y control.
Dos o más sustancias que no tienen riesgo potencial de que ocurra una explosión, desprendimiento de calor o llamas, formación de gases, vapores, compuestos o mezclas peligrosas, así como de una alteración de las características físicas o químicas originales de cualquiera de los productos transportados, puestos en contacto entre sí, por vaciamiento, ruptura del embalaje, u otra causa.
Pago por servicio prestado a las mercaderías de importación /exportación (almacenaje, manipulación, etc.)
Área aduanera nacional en la que se entiende el ámbito geográfico dentro del cual las disposiciones aduaneras de la República son aplicables.
Unidad equivalente a un contenedor de veinte (20) pies de longitud.
Tiendas destinadas a la venta de mercaderías nacionales y extranjeras libres de impuestos (TAX FREE SHOPS) a los pasajeros que salen del país, a los que se hallan en tránsito o a los que ingresan al país, de acuerdo con las normas reglamentarias respectivas.
Peso total en toneladas, objeto de la Transferencia de Carga.
Vehículo automotor, de construcción especialmente robusta, de corta distancia entre ejes, provisto de cabina de conducción, concebida y construida para realizar, principalmente, el arrastre de un semirremolque.
Traslado directo o indirecto de mercancías, de un vehículo a otro, o al mismo en diverso viaje, incluso su descarga a tierra con el mismo fin de continuar a su destino, y aunque transcurra cierto plazo entre su llegada y su salida.
Régimen aduanero bajo el cual se colocan las mercancías transportadas de una oficina aduanera a otra oficina aduanera, bajo el control aduanero.
Cualquier persona que, en un contrato de transporte, se compromete a efectuar o hacer efectuar un transporte por ferrocarril, carretera, aire, mar, vías navegables interiores o por una combinación de esos modos de transporte desde un punto de origen a un lugar de destino convenido.
Efecto de efectuar las aperturas correspondientes en una Nomenclatura como consecuencia de una modificación en los contenidos de las subpartidas o cambio en sus Notas.
Propiedad del resultado de una medición o del valor de un patrón de estar relacionado a referencias establecidas, generalmente patrones nacionales o internacionales, por medio de una cadena continua de comparaciones, todas ellas con magnitudes de influencia establecidas.
Sujeción de la carga a la nave, incluyendo todos los recursos y actividades necesarias al efecto y que, según los estándares internacionales de la industria, deberían ser proporcionados por el concesionario.
Precio en el que se comercia un producto.
Valor de transacción, es decir, el precio realmente pagado o por pagar de las mercancías cuando éstas se venden para su exportación al país de importación, ajustado cuando corresponda.
El que fije el Banco Central de Chile en conformidad a la facultad que le confiere el Nº9 del artículo 35º de la ley Nº18.840, Ley Orgánica Constitucional del Banco Central de Chile, y que dicho organismo publica en el Diario Oficial. Si en el futuro la ley otorgare a otro organismo la facultad de fijar y/o publicar el valor de la unidad de fomento, se estará sujeto a la unidad de fomento que dicho organismo fije. En el evento que termine la Unidad de Fomento, substitutivamente, se aplicará la variación que experimente el índice de precios al consumidor (IPC) entre el último día del segundo mes anterior al que dejare de existir la Unidad de Fomento, y el último día del segundo mes anterior a la fecha de pago, siendo la base sobre la cual se aplicará esta variación, el valor en pesos de la Unidad de Fomento del último día del mes anterior a aquel en que dejare de existir esta última.
El Valor de la Unidad Tributaria Mensual será el que fije el Servicio de Impuestos Internos, de acuerdo al artículo 8º del D.L. Nº 830, de 1974. Si en el futuro la ley otorgare a otro organismo la facultad de fijar y/o de publicar el valor de la UTM, se estará sujeto a la Unidad Tributaria Mensual que dicho organismo fije. En el caso que termine la UTM, substitutivamente, se aplicará la variación de Índice de Precios al Consumidor (IPC), entre el último día del segundo mes anterior al que dejara de existir la UTM, y el último día del segundo mes anterior a la fecha de pago, la base sobre la cual se aplicará será el valor en pesos de la UTM del último día del mes anterior a aquel en que dejare de existir esta última.
Sistema que permite a los agentes de comercio exterior proporcionar en forma electrónica, información a un solo organismo público, para cumplir con todas las visaciones o exigencias que se requieren para la tramitación de las destinaciones aduaneras, de acuerdo a las normas legales y reglamentarias.
Procedimiento tendiente a efectuar el análisis documental y la verificación de la mercadería, entendido como la secuencia de actos practicados por la autoridad aduanera a fin de comprobar la exactitud de la declaración presentada y el cumplimiento de los requisitos legales y reglamentarios, correspondientes al respectivo régimen aduanero.
Grupo de dos o más países en desarrollo que se otorgan preferencias comerciales para la importación de productos originarios de sus respectivos territorios, con el fin de reducir o eliminar mutuamente las trabas a su comercio recíproco.
Parte determinada del territorio aduanero donde la aduana ejerce poderes especiales en virtud de los cuales aplica o puede aplicar medidas especiales de control aduanero.
Enclave territorial especialmente delimitado en el que existen facilidades para la entrada, manipulación, almacenamiento y expedición de mercancías, especialmente la exención de pago de derechos arancelarios y otros impuestos, hasta el momento de ser despachadas para su comercialización o consumo.
Espacio de mar o tierra en el que se efectúan las operaciones materiales, marítimas y terrestres de la movilización de mercancías, el que para efectos de su jurisdicción es recinto aduanero y en el cual han de cargarse, descargarse, recibirse o revisarse las mercancías, para su introducción o salida del territorio nacional.
Parte del territorio nacional y aguas territoriales, que le corresponde a cada Aduana para los efectos de ejercer su competencia.
DISCLAIMER
El presente glosario se sirve parcialmente de las definiciones técnicas proporcionadas en los sitios Web del Servicio Nacional de Aduanas de Chile, la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), el Sistema de Información para el Comercio Exterior (SICEX) y los INCOTERMS 2020, homologando dicha terminología a la realidad chilena. Por tanto, TEXA declara expresamente no ser propietario de dicho material, sino más bien desempeñar únicamente un rol de curador y difusor de estos, con el fin de ayudar a propagar el conocimiento a usuarios, clientes y a la comunidad en general.
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